Consejo Pastoral

Naturaleza
El Consejo Pastoral es un organismo facultativo, no obligatorio por derecho universal, sin embargo, el código establece que, si resulta oportuno, a juicio del obispo diocesano, oído el Consejo Presbiteral (cfr c. 127 §2, 2°) se constituirá en cada parroquia un Consejo Pastoral Parroquial (c. 536). Pudiendo convertirse, por tanto, en un organismo obligatorio por derecho particular.

Finalidad
El consejo pastoral parroquial tiene como finalidad básica servir como cauce institucional a la cooperación de los laicos para el fomento de la actividad pastoral. Es, por esto, un instrumento de comunión con el párroco.

Naturaleza y eficacia jurídica
«En cuanto a su naturaleza y a la eficacia jurídica de sus actos, el Código señala que tiene voto consultivo; dejando a la normativa particular la tarea de elaborar reglamentos o estatutos que regulen su funcionamiento

Órgano de estudio y consejo
Siendo un órgano consultivo, constituido para que los fieles colaboren y presten ayuda al párroco, es necesario que su actuación trascienda lo jurídico y se presente más bien en sentido de comunión y de mutuo servicio que debe existir entre el párroco y los fieles que componen la comunidad parroquial. El Consejo Pastoral Parroquial es un órgano de estudio y de consejo para el fomento de la actividad pastoral

Integrantes
Corresponde al párroco presidir el Consejo Pastoral Parroquial, con todo lo que esta función lleva consigo. En cuanto al resto de sus componentes, laicos en su mayoría, parece oportuno que gocen de una cierta estabilidad, con el fin de facilitar la continuidad de su actuación

Importancia
Siendo un organismo parroquial de reciente implantación en la vida de la Iglesia, es necesario que el párroco como los fieles se convenzan de su utilidad.
«En efecto, sólo mediante la conjunción del esfuerzo de todos, con espíritu de servicio y sin afán de protagonismo, el Consejo Pastoral Parroquial será un verdadero instrumento de comunión (cfr c. 529 § 2) y una eficaz ayuda a la urgente tarea de evangelización confiada a la comunidad parroquial

Composición del Consejo
Son miembros ex-officio: el párroco, vicarios, diáconos y un(a) representante de cada una de las comunidades religiosas presentes en la parroquia.
Son miembros por elección: los laicos que el párroco elija libremente o acoja ante la presentación de cada uno de los ministerios pastorales, grupos o movimientos existentes en la parroquia.